8 trucos para ahorrar en tu declaración de la Renta

 

Ya estamos en diciembre y comienza la recta final del año y todo lo que conlleva: brindis, comidas, fiestas, reuniones familiares, compras, regalos…. Mucho que hacer y poco tiempo para pensar en el próximo año, pero hay una cosa que no se te puede pasar por alto, puesto que te puede suponer rebajar tu factura fiscal en la declaración del IRPF.

 

 

“Desde Leyfix Asesores, queremos ayudarte a que pagues menos en tu declaración de la renta. Y créenos, se puede”

 

  

  • La primera y más sencilla, son las aportaciones a planes de pensiones, planes de previsión asegurados, planes de previsión social empresarial, mutualidades de previsión social y las primas satisfechas a seguros privados que cubran exclusivamente el riesgo de dependencia severa o gran dependencia. Con el límite máximo de 8.000 € anuales o el 30% de la suma de rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas, si este es menor.

  • Aportaciones realizadas a favor del cónyuge a los sistemas de previsión social comentados en el anterior apartado cuya titularidad sea del cónyuge con el límite máximo de 2.500 euros anuales.

  • Amortizar parcialmente el préstamo destinado a la adquisición de la vivienda habitual, si tiene derecho a a su deducción por adquisición anterior al 1 de enero de 2013.

  • Recuerde que alquilar un piso como vivienda (no turística) tiene una reducción del 60% e, incluso, puede tributar menos percibiendo el arrendamiento que manteniendo la vivienda desocupada, que genera una imputación mínima del 1,1% del valor catastral.

     

     

     

     

    “En numerosas ocasiones, por falta de información, se están perdiendo ventajas fiscales que podrían ahorrarte mucho dinero en tu declaración de la renta”

     

 

  • Realizar aportaciones a entidades sin fines lucrativos con una deducción del 75% hasta los primeros 150 € y por el exceso del 35% si lleva donando a la misma entidad durante 3 años ó más y, en caso contrario, la deducción por este exceso sería del 30%

  • Las aportaciones a partidos políticos, federaciones, coaliciones o agrupaciones de electores dan derecho a una deducción del 20% con un máximo de 600 €.

  • Si es mayor de 65 años y ha transmitido cualquier elemento patrimonial (inmuebles, acciones, etc) derivándose ganancia patrimonial, puede constituir una renta vitalicia asegurada a su favor con el dinero obtenido, con el límite de 240.000 €, en el plazo de 6 meses, quedando exenta la mencionada ganancia patrimonial.

  • Invertir temporalmente (entre 3 y 12 años) en sociedades de nueva o reciente creación (3 años) y con una participación directa o indirecta familiar inferior o igual al 40% del capital social hasta 60.000 € anuales. No es válido la inversión en empresas que ejerzan la misma actividad que se venía ejerciendo anteriormente mediante otra titularidad.

     

 

Desde Leyfix Asesores te invitamos a que te pongas en contacto con nosotros para informarte de esta o cualquier otra gestión que desees realizar, a través del teléfono 984 39 11 94 o del correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

 

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